Estudiantes Desplazados

Durante una catástrofe natural, los niños pueden separarse de sus padres o tutores. Los padres pueden dejar a los niños con amigos o familiares durante una evacuación de emergencia o hasta que su hogar dañado pueda ser restaurado. Otros jóvenes pueden ser separados de sus padres o tutores y estar completamente solos durante este tiempo. Los niños desplazados o las personas sin hogar como resultado de una catástrofe aún tienen derecho a ir a la escuela durante estos tiempos difíciles. 

La ‘McKinney-Vento’ (la “Ley”) es una ley federal que garantiza el derecho de los estudiantes a ir a la escuela, incluso cuando no tienen hogar o no cuentan con una dirección permanente. La Ley busca reducir los obstáculos que pueden evitar que los niños sin hogar se matriculen, asistan y tengan éxito en la escuela. Los obstáculos para asistir a la escuela pueden incluir obtener transporte, cumplir con los requisitos de residencia y proporcionar la documentación requerida, como certificados de nacimiento y registros médicos. Puede planificar estrategias para asegurarse de que su hijo esté inscrito en la escuela y se le proporcionen los servicios necesarios para ayudarlo a sobrevivir y recuperarse de una catástrofe natural. 

¿CUÁLES SON SUS DERECHOS?

    Según la Ley, los niños “sin hogar” o “desplazados” que han perdido su vivienda tienen el derecho a asistir a la escuela, sin importar dónde vivan o cuánto tiempo hayan vivido allí. Cuando ocurre una catástrofe, muchas familias pueden verse desplazadas. Sus casas podrían ser destruidas. Es posible que no les quede ningún lugar para trabajar. Y, pueden perder sus escuelas. Los niños desplazados por catástrofes naturales como huracanes, inundaciones, tornados, terremotos e incendios forestales son considerados “sin hogar” según esta Ley. Florida obtiene dinero federal bajo esta Ley, por lo que cada distrito escolar debe cumplir con ella. Según la Ley, su estudiante tiene derechos especiales si no tiene hogar, es discapacitado o es desplazado debido a una catástrofe.

    Los jóvenes tienen derecho a asistir a: (a) la escuela más cercana al lugar donde viven; o (b) la escuela donde se matricularon por última vez (llamada “escuela de origen”), incluso si se mudan fuera del distrito escolar. Cuando los jóvenes eligen ir a la escuela en el área donde viven, la escuela debe permitir que los estudiantes se inscriban inmediatamente, asistan a clases y participen plenamente en las actividades escolares, incluso si los estudiantes no tienen un padre o tutor con ellos o los documentos que generalmente se requieren para la inscripción, como certificados de nacimiento, comprobantes de residencia, registros médicos y registros escolares.

    Según la mencionada Ley, usted tiene derecho a apelar oportunamente cualquier negativa de inscribir a su hijo.

    Los niños desplazados deben recibir la misma educación que otros niños. Si su hijo estuvo en algún programa especial antes de la catástrofe, tiene derecho a esos mismos servicios después de ésta. Esto incluye los programas de Educación Especial y Almuerzo Gratis. El Contacto Para Desamparados se asegurará de que su hijo reciba todos sus servicios tal como lo exijen otras leyes. Buscarán documentos perdidos y planes educativos para que su hijo pueda obtener la educación individualizada que necesita. 

¿QUÉ DEBE HACER?

    Si su hijo se considera desplazado/sin hogar, entonces el distrito escolar DEBE inscribirlo de inmediato. Su certificado o declaración de desplazamiento o falta de vivienda es suficiente para seguir adelante con la inscripción. Aunque la escuela puede exigir que se transfieran los registros desde otra escuela o distrito, esto no es razón para que hagan esperar a su hijo para asistir a la escuela.  

    Si su hijo es cubierto por las disposiciones de la Ley, entonces su hijo también tiene derecho a otros servicios como asistencia con las vacunas, registros, transporte, clases particulares, las comidas escolares gratuitas o atención antes o después de la escuela que sea necesaria.  

    Su hijo debe estar inscrito incluso si ha perdido sus registros escolares y médicos. Si no puede probar dónde vive actualmente o si su hijo recibió las vacunas requeridas, la escuela debe permitir que se inscriba. El personal de la escuela debe enviarlo con el Contacto Para Desamparados para que lo ayude a recuperar los registros y recibir las vacunas. 

    Las escuelas no pueden retrasar la inscripción poniendo obstáculos como requisitos de documentación adicionales, contactando a las autoridades de vivienda o propietarios, haciendo preguntas que sean demasiado intrusivas o personales, siguiendo o vigilando a su familia, hablando con sus vecinos sobre la situación de vivienda del estudiante, discutiendo la situación de su estudiante en lugares públicos donde otras personas pueden escuchar, o ahuyentando a los estudiantes mediante amenazas.

    Cada distrito escolar debe tener un contacto para desamparados. El Contacto Para Desamparados le enseña a los padres de niños desplazados acerca de sus derechos. Se aseguran de que los niños tengan acceso a una educación gratuita y adecuada. Rastrean registros perdidos. Resuelven disputas sobre la matrícula escolar. Es su trabajo encontrar a todos los niños desplazados en el distrito escolar y atender sus necesidades escolares. Si el personal de la escuela no sabe quién es o dónde se encuentra esta persona, pídales que llamen a la oficina principal de la junta escolar para averiguarlo. 

    Para obtener los números de teléfono de los contactos de desamparados de la junta escolar del condado, visite https://web01.fldoe.org/FederalProgramDirectory/Default. En “Área del Programa”, desplácese hacia abajo hasta ver “Contactos Para Desamparados de Título X”. En “Área del Distrito”, seleccione el distrito donde inscribirá a su hijo. 

    El distrito en el que el estudiante escoge asistir a la escuela debe proporcionar u organizar el transporte. El Contacto Para Desamparados coordina el transporte para que los niños desplazados puedan ir a la escuela. Esto puede hacerse en un  autobús escolar o de otra manera, como un autobús público o inclusive un taxi. Sea cual sea la forma en que se haga, es trabajo de la junta escolar. Si se rehúsan, deben hacerlo por escrito. 

¿QUÉ DEBE TENER EN CUENTA ANTES DE TOMAR ACCIÓN?

    Si la escuela se niega a inscribir a su hijo, entonces la escuela debe manifestar su negativa por escrito y explicar la razón por la cual la admisión fue negada. La escuela también debe informarle por escrito que tiene derecho a una apelación para impugnar la decisión. La escuela debe brindarle el nombre y la información de contacto del Contacto Para Desamparados. Lo más importante es que su hijo debe inscribirse en esa escuela inmediatamente y se le debe proporcionar transporte. Su hijo puede seguir en esa escuela hasta que se resuelva la disputa. 

    La escuela en la que quiere inscribir a su hijo no puede asignarlo a clases especiales o escuelas separadas para niños desplazados. Los niños desplazados no pueden ser segregados (apartados) de ninguna manera solo por estar desplazados.

    Lo mejor que puede hacer si la escuela o el Contacto Para Desamparados no lo están ayudando es comunicarse con la oficina de Asistencia Legal más cercana para pedir ayuda. Esto es obligatorio según la ley federal. Un abogado de asistencia legal puede ayudarle a obligar a las escuelas a hacer su trabajo.