Ciertas discapacidades del desarrollo pueden hacer que sea difícil o incluso imposible que una persona maneje adecuadamente todas las áreas de su vida. A menudo, cuando alguien con una discapacidad del desarrollo, como discapacidad intelectual, espina bífida, autismo, síndrome de Down o parálisis cerebral, cumple 18 años, se designa a un curador para que tome decisiones en su nombre. La persona con discapacidad del desarrollo pierde ciertos derechos civiles y el curador, generalmente uno de los padres o un miembro de la familia, tiene la autoridad y la responsabilidad de ejercer esos derechos civiles por ellos.
Un curador puede tener una influencia increíble sobre la vida personal, médica o financiera de alguien en una posición extremadamente vulnerable. La curatela es una posición de confianza y responsabilidad, y el interés superior de la persona con una discapacidad del desarrollo siempre debe ser la prioridad. Si no se cumplen ciertos valores y estándares, la ley de Florida permite que un curador sea destituido de su puesto y relevado de sus funciones.
Si cree que su curador, o el curador de alguien que conoce, no es apto para su puesto o ya no desea actuar como tal, comuníquese con CLSMF para obtener asesoría legal.